Estas son las novedades en la gestión y control de partes por incapacidad temporal (BAJAS LABORALES POR IT) efectivas a partir del 1 de abril de 2023. La persona trabajadora no tendrá que presentar parte de baja, alta ni confirmación a la empresa por bajas inferiores a un año.
Entre las novedades:
- Cesa la obligación por parte de la persona trabajadora de tener que aportar la copia en papel de los partes de baja y alta médica.
- La empresa o la mutua realizarán las gestiones oportunas de manera telemática e inmediata con la Seguridad Social (SS).
- En los proceso de bajas médicas, se establecerá el periodo concreto de revisión médica.
Para ampliar información ver el documento adjunto


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