La Junta recuerda la obligación legal de justificar la instalación por empresas habilitadas de aparatos de aire acondicionado

La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, a través de la Dirección General de Sostenibilidad, recuerda tanto a las empresas comercializadoras como a los potenciales compradores la obligación legal de justificar la instalación de aparatos de aire acondicionado por empresas habilitadas. Esta obligación deriva del Real Decreto 115/2017 y se exige para evitar la peligrosa fuga de gases fluorados a la atmósfera.

De esta forma, desde la Junta de Extremadura se recuerda que los aparatos o equipos precargados de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor que no estén herméticamente sellados y que estén cargados con gases fluorados sólo podrán venderse al usuario final cuando se aporten pruebas de que la instalación será realizada por una empresa debidamente habilitada

Dichas pruebas consisten en dos documentos: la Declaración del Comercializador y la Declaración del Comprador. Ambos deben ser entregados por el comercializador al comprador-usuario final del equipo en el momento de la venta debiendo ser cumplimentadas y remitida una copia de las mismas al comercializador, en el plazo máximo de un año desde la fecha de venta.

Si transcurre el plazo de un año y el comercializador no ha recibido dicha documentación, éste tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de la Administración autonómica que iniciará la apertura del procedimiento sancionador frente a quien figura como comprador del equipo.

Igualmente será necesario conservar dicha documentación durante cinco años, ya que su  incumplimiento será objeto de sanción.

Además, la Dirección General de Sostenibilidad recuerda que las empresas comercializadoras tienen la obligación de enviar al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año y referida al año inmediatamente anterior, la relación de los compradores que no hayan remitido la Declaración del Comprador, adjuntando copia de la Declaración del Comercializador. La falta de esta comunicación también está sometida a sanciones, en este caso más graves que las de los compradores.

Todas estas actuaciones tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de la normativa vigente para evitar un agravamiento del cambio climático, dado que la fuga de los gases fluorados produce entre 150 y 21.000 veces más efecto invernadero que el CO2.

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