La Junta destina 5,5 millones de euros para la cualificación y recualificación

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado esta semana el decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, por importe de 5.549.800 euros, para el desarrollo de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación en Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Entre las inversiones de este Plan Estratégico se encuentra la Inversión 1, denominada ‘`Reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales’, entre cuyas áreas de medidas consta la referida a la ‘Formación modular destinada al reskilling y upskilling de ocupados y desempleados’, que atiende a la formación en competencias emergentes, de rápida evolución, con prospectiva en la generación de empleo.

Asimismo, atiende también a la formación en aquellos sectores que, como consecuencia de la previsible evolución de las condiciones económicas y sociales, generarán en el futuro puestos de trabajo, como son el cuidado a las personas, la transición verde, así como en los sectores estratégicos recogidos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional.

Se establecen dos líneas de subvenciones, en función de la tipología de acciones formativas y de los beneficiarios de la subvención. La Línea 1, en la que se incluyen los proyectos de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en sectores estratégicos.

Estos son los proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate; proyectos de agrupaciones empresariales, consorcios de empresas, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate.

También proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de formación, y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos vulnerables.

Y la Línea 2, en la que se incluyen los proyectos de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en sectores estratégicos, sector del cuidado de las personas y en zonas en riesgo de despoblación, a ejecutar por entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de entidades de formación profesional para el empleo, en la misma familia profesional, que las acciones formativas para las que solicita la ayuda.

ACCIONES FORMATIVAS

Las acciones formativas se impartirán de forma presencial o en modalidad de formación a distancia. Su duración será de entre 30 y 60 horas y deberán iniciarse a partir de la notificación de la resolución de concesión de la subvención y finalizar, como máximo, en la fecha que indiquen las correspondientes convocatorias. Se aprobarán con un número máximo de participantes a subvencionar de 15 personas. Las personas destinatarias de la formación serán las que no tengan acreditada la unidad de competencia a la que se refiere la acción formativa a impartir.

Por su parte, para empresas y agrupaciones de empresas de la Línea I, podrán participar las trabajadoras y los trabajadores de las empresas que forman parte de dichos proyectos. En las acciones formativas aprobadas en los proyectos formativos de las entidades sin ánimo de lucro de la Línea I y en los proyectos de las entidades de formación de la Línea II, podrán participar las personas desempleadas inscritas en el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) como demandantes de empleo.

Los proyectos formativos de las entidades sin ánimo de lucro previstos en la Línea I se dirigirán especialmente a los colectivos vulnerables y, en particular, aunque no sea con carácter exclusivo, a los colectivos de especial vulnerabilidad. Las entidades podrán presentar sus solicitudes durante el periodo de vigencia de la correspondiente convocatoria anual de subvenciones, para la Línea 1 de ayudas; y, para la Línea 2, el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles. Es decir, hasta el próximo día 17 de febrero.

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