La Junta de Extremadura colabora en la Campaña de la Renta 2020 con diez puestos de atención al contribuyente

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La Junta de Extremadura colabora, un año más, con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) en la Campaña de declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio de 2020.

Diez técnicos de la Sociedad de Gestión Pública de Extremadura (GPEX), tras haber sido formados a través de un curso online ofrecido por la AEAT, prestan asistencia a los contribuyentes en la confección de las declaraciones del citado impuesto.

Debido a la actual crisis sanitaria originada por la covid-19, la asistencia se ha realizado exclusivamente de forma telefónica desde el día 6 de mayo y, a partir del 2 de junio, se ofrece en formato presencial en las plataformas mixtas atendidas conjuntamente por ambas administraciones.

Así, el contribuyente que cuente con el tradicional perfil de asistencia presencial en oficinas puede ser atendido, siempre con solicitud de cita previa.

En la última campaña, en la que también se prestó asistencia telefónica y presencial, se confeccionaron y presentaron 4.942 declaraciones por operadores de la Junta de Extremadura en las cuatro plataformas mixtas que se constituyeron con la AEAT.

La Administración extremeña colabora desde el año 1998 con la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el desarrollo de la Campaña de declaración del IRPF.

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS

En la actual Campaña de la Renta 2020, continúan vigentes las deducciones específicas aplicables en Extremadura sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF en el ejercicio anterior, con una novedad. Las citadas medidas están sometidas al cumplimiento de determinados requisitos establecidos en consonancia con las circunstancias socioeconómicas de los extremeños.

La deducción más importante, por el número de declarantes favorecidos y la cuantía que representa, es la de 75 euros por trabajo dependiente.

Asimismo, se contempla una deducción del 3 por ciento sobre las cantidades invertidas para la adquisición o rehabilitación de viviendas de protección públicas para jóvenes y víctimas de terrorismo, que se podrá elevar al 5 por ciento cuando la vivienda esté situada en municipios de Extremadura de menos de 3.000 habitantes, aunque no sea de protección pública.

Como deducción de carácter económico, se mantiene la ya existente por cantidades invertidas en la adquisición de acciones y participaciones sociales para la constitución o ampliación de capital en sociedades mercantiles, establecida en el 20 por ciento de las cantidades invertidas, con el límite de 4.000 euros.

Para favorecer el acceso a la vivienda, se incluyen deducciones al arrendamiento para los menores de 36 años que formen parte de una familia numerosa o padezcan una discapacidad.

Concretamente, se establece una deducción del 5 por ciento de las cantidades satisfechas con el límite de 300 euros anuales, que se incrementa al 10 por ciento con el límite de 400 euros para los casos de alquiler de vivienda habitual en municipios de población inferior a 3.000 habitantes.

En el ámbito de la protección se contempla una deducción de 150 euros por cuidado de familiares discapacitados; otra de entre 125 y 250 euros por acogimiento de menores; 300 euros por cada hijo nacido en el período en partos múltiples; 15 euros por compra de material escolar; y 100 euros para contribuyentes viudos (200 euros en determinados casos).

NUEVA DEDUCCIÓN POR CUIDADO DE HIJOS

Como novedad, se ha creado una nueva deducción por cuidado de hijos menores de 15 años, que tiene un mayor número de beneficiarios que la deducción de gastos de guardería de menores de 4 años, a la cual sustituye.

Se ha concebido para mejorar las condiciones de vida de los padres en Extremadura, al mismo tiempo que facilita la conciliación de la vida laboral y familiar e incentiva el empleo de los cuidadores.

Así, los contribuyentes que tengan hijos menores de 15 años, pueden deducirse el 10 por ciento, con el límite de 400 euros por unidad familiar, de los gastos en que, por motivos laborales, tengan que dejarlos al cuidado de otra persona, ya sea una persona empleada de hogar o en guarderías, centros de ocio, campamentos urbanos, centros deportivos, ludotecas o similares.

Esta deducción se aplica cuando ambos padres realizan una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. Con esta medida se persigue el efecto de realizar actividades generadoras de empleo.

El importe total de las deducciones autonómicas en el ejercicio 2018, último año del que se dispone de datos definitivos, ascendió a 1,8 millones de euros, en relación con 27.417 declaraciones, beneficiando a alrededor de 42.596 contribuyentes.

En este mismo periodo de declaración del IRPF debe presentarse el Impuesto sobre el Patrimonio, del que la Comunidad Autónoma es receptora del 100 por cien de lo recaudado en Extremadura.

En el ejercicio 2020, la reducción del mínimo exento es 500.000 euros con carácter general. En el caso de las personas con discapacidad, el mínimo oscila entre los 600.000 y 800.000 euros, en función del grado de discapacidad.

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