Decreto de ayudas para inversiones en centros de limpieza de vehículos para transporte de ganado y en viveros

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se establecen las bases reguladoras y se autoriza la convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado por carretera, así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción.

Estas ayudas se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y están financiadas con 677.579 euros procedentes de los fondos New Generation UE.

El decreto establece dos regímenes de ayudas, el primero de los cuales se destinará a fomentar inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado y de perros de rehala, recovas o jaurías, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.

Beneficiarios

Los beneficiarios serán titulares o propietarios de estos centros o aquellos que se comprometan a construir uno nuevo. Será subvencionable la modernización o mejora de los equipos e instalaciones existentes de cara a conseguir una mayor eficiencia en los sistemas de limpieza y desinfección, la instalación de nuevas tecnologías para estas funciones en los ya existentes o la construcción de nuevos centros.

La cuantía máxima de la subvención será de 70.000 euros para los centros ya establecidos y de 140.000 euros para los de nueva creación.

La segunda modalidad contempla subvenciones para fomentar inversiones en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid.

Podrán acogerse a esta línea los operadores profesionales enmarcados en la categoría de productor de determinados materiales vegetales. El importe máximo de la ayuda por inversión a subsidiar será de 84.000 euros.

Las solicitudes para ambas ayudas sólo podrán confeccionarse y presentarse telemáticamente en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Extremadura.

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica.

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